Fusión
Operación por la cual una sociedad transmite la totalidad de su patrimonio a otra sociedad, que asume sus compromisos y continúa la actividad transmitida.
Definición
La fusión es la operación mediante la cual una o varias sociedades transmiten la totalidad de su patrimonio a otra sociedad, en contraprestación por derechos sociales atribuidos a sus socios. El patrimonio se transmite en su unidad, bienes, contratos y pasivo siguiendo el mismo movimiento. Es decidida por los socios afectados.
La operación supone un proyecto elaborado por los administradores, que identifica las sociedades afectadas y la valoración de las aportaciones. Este proyecto se deposita en el registro y se publica, y después los socios se pronuncian conforme a las reglas propias de la forma social. Los acreedores disponen de un derecho de oposición, en un plazo previsto por las normas.
La fusión se distingue de las operaciones afines. No es una cesión de participaciones, que cambia a los titulares del capital sin que la sociedad pierda su identidad, ni una cesión aislada de un activo. Su efecto propio es hacer desaparecer una sociedad sin liquidación y hacer la transmisión oponible a terceros.
Las dos formas de fusión
Los textos distinguen dos estructuras, según lo que ocurra con las sociedades participantes.
La fusión por absorción
La sociedad absorbente recibe el patrimonio de la sociedad absorbida, que desaparece. La absorbida se disuelve sin liquidación, sin realización de activo ni liquidación del pasivo. La absorbente conserva su identidad jurídica y asume sus compromisos.
La fusión por creación de una sociedad nueva
Ninguna de las sociedades participantes sobrevive a la operación. Desaparecen en una sociedad nueva cuyos socios son los antiguos socios de las sociedades desaparecidas. Esta sociedad nace con los patrimonios transmitidos y debe ser inscrita en el registro.
Los efectos comunes a ambas formas
En ambos casos, la transmisión del patrimonio es universal, abarca el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones sin que sea necesario enumerarlos. La sociedad absorbida queda dada de baja en el registro y su número de identificación deja de estar activo.
Lo que la fusión cambia para los terceros
La fusión cambia el interlocutor de los terceros, ya que el pasivo de la sociedad desaparecida es asumido en lo sucesivo por otra. Los contratos de trabajo en curso siguen la actividad transmitida y los trabajadores conservan los derechos adquiridos frente a su nuevo empleador.
Los acreedores y el derecho de oposición
Los acreedores cuyo crédito sea anterior a la publicidad pueden formular oposición dentro de un plazo previsto por las normas, para obtener el pago o la constitución de garantías. A falta de oposición o tras el alzamiento de la misma, las acciones se dirigen contra la sociedad que ha recibido el patrimonio.
Lo que no es una fusión
La aportación parcial de activos solo transmite una parte del patrimonio, y la sociedad aportante sobrevive junto a la sociedad beneficiaria. La cesión de participaciones cambia a los titulares del capital sin transmitir activos ni disolver sociedad alguna. Estas operaciones no se rigen por el mismo régimen.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre una fusión y una cesión de participaciones?
La cesión de participaciones transfiere la propiedad de los títulos, la sociedad sigue siendo la misma y solo cambian sus socios. La fusión transmite el patrimonio a otra sociedad, y la absorbida desaparece. El régimen jurídico y las formalidades difieren notablemente.
¿Qué ocurre con la sociedad absorbida tras una fusión?
Se disuelve sin liquidación y se da de baja en el registro mercantil, sin pasar por operaciones de liquidación. Su patrimonio se transmite en bloque y su número de identificación deja de estar activo.
¿Pueden los acreedores oponerse a una fusión?
Sí, los acreedores cuyo crédito sea anterior a la publicidad disponen de un derecho de oposición, dentro de un plazo previsto por las normas. La oposición se presenta ante el juez, que valora la solicitud.